PONCE, DORA ANTONIA c/ EN - M JUSTICIA DDHH - SPF s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La parte actora apeló la declaración de caducidad de la instancia. La Cámara confirmó la resolución y consideró que, aun descontado el período de suspensión de plazos, había transcurrido el plazo legal para la perención de la instancia.
¿Quién es el actor?
Dora Antonia Ponce
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Servicio Penitenciario Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la declaración de caducidad de la instancia. La Cámara consideró que, aun sin contar el período de suspensión de plazos por la pandemia, había transcurrido el plazo de 2 años previsto en el art. 310 inc. 1° del CPCCN desde que el expediente volvió a la letra después de notificarse a las partes del rechazo de la excepción de litispendencia. Por ello, la Cámara entendió que correspondía confirmar la declaración de caducidad de la instancia.
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