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ROVELLA CARRANZA SA c/ DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la demanda de Rovella Carranza S.A. contra la Dirección Nacional de Vialidad por falta de acreditación de los hechos que motivaron el reclamo.

Recurso extraordinario Carga probatoria Direccion nacional de vialidad Certificados de obra Contencioso administrativo Mora en pagos


¿Quién es el actor?

Rovella Carranza S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad (DNV)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se dicte el pronunciamiento solicitado a la DNV y que no fue dictado, o que se revoque su negativa por silencio, y que se fije plazo para el cumplimiento de la liquidación y pago de intereses por mora en el pago de certificados de la obra "PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN DE ENRIPIADO RUTA PROVINCIAL N° 9
- TRAMO: GALARZA – TRES BOCAS – RUTA PROVINCIAL N° 11 – DEPARTAMENTO GUALEGUAY
- VICTORIA".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La parte actora no logró acreditar válidamente durante el proceso la existencia del presupuesto fáctico que motoriza el reconocimiento que pretende, incumpliendo la carga probatoria del art. 377 del CPCCN.
- Los agravios del recurrente constituyen una reiteración de temas ya analizados y remiten al examen de cuestiones de hecho, derecho procesal y prueba, que son propias de los jueces de la causa.
- La arbitrariedad atribuida a la sentencia no puede ser considerada, ya que el pronunciamiento muestra suficiente fundamentación fáctica y jurídica para constituir un acto jurisdiccional válido.

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