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SALOMON, CARMEN ROSA Y OTRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El apoderado y patrocinante de la parte actora impugnó la decisión de diferir la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación definitiva. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la resolución y ordenó que se proceda a regular los emolumentos de los profesionales.

Regulacion de honorarios Ley 27 423 Recurso de reposicion Liquidacion Sentencia definitiva Caracter alimentario

El abogado apoderado y patrocinante de la parte actora solicitó la regulación de sus honorarios por la actuación en primera instancia. El juez de primera instancia resolvió diferir dicha regulación hasta la aprobación de la liquidación definitiva. Contra esa decisión, el abogado interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la resolución apelada. Señaló que si bien es práctica usual diferir la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación, la obligación del juez de regular los honorarios nace al momento de dictar la sentencia definitiva, conforme lo establecen los arts. 163 inc. 8 del CPCCN y 52 de la Ley 27.423. Remarcó que en el caso había sentencia firme y la liquidación ya había sido aprobada, por lo que correspondía hacer lugar al pedido del recurrente. Además, consideró que en este caso debía prevalecer el carácter alimentario de los honorarios por sobre el principio de concentración de actos procesales.

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