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CUENCA ROBERTO ARNALDO Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron demanda por el pago de incrementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la resolución de primera instancia y estableció los lineamientos para la correcta liquidación de intereses hasta el efectivo pago.

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- Los actores demandaron al Estado Nacional por el pago de incrementos salariales que les correspondían.
- En primera instancia, el juez hizo lugar parcialmente a la demanda y fijó que el crédito devengaría intereses a la tasa pasiva promedio que publica el BCRA hasta su efectivo pago.
- Ante el incumplimiento de la parte demandada, se trabó embargo y se ordenó llevar adelante la ejecución.
- Una vez que los actores percibieron los créditos adeudados, reclamaron los intereses devengados hasta el efectivo pago.
- La Cámara decidió que: 1) Los intereses deben calcularse hasta el 31/12/2017, momento en que venció el plazo para el pago; 2) Desde el 01/01/2018 hasta el 05/06/2019 (cuando quedó firme la sentencia de trance y remate) deben calcularse nuevos intereses sobre el total adeudado; 3) Del monto total se detraerá lo ya percibido por los actores, y el saldo insoluto devengará intereses hasta el pago efectivo. Todo ello aplicando la tasa pasiva promedio del BCRA.

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