LIZARRAGA, ADRIANA BEATRIZ Y OTROS c/ EN-M JUSTICIA DDHH-SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de los abogados que intervinieron en una incidencia resuelta previamente.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió regular los honorarios de los Dres. Bettina Laura Jana y Germán Andrés San Miguel, patrocinante y apoderado de la parte demandada, en la suma de $6.228 y $2.491,20 respectivamente, por los trabajos realizados en la alzada en relación a una incidencia resuelta previamente. La Cámara señaló que el importe del impuesto al valor agregado (IVA) integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo. Para el caso que el profesional no haya denunciado su condición frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado correrá a partir de la fecha en que lo haga.
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