ENRE-RESOL 581/09 597/09 c/ EDENOR SA s/PROCESO DE EJECUCION
El tribunal elevó los honorarios reclamados por el exletrado del ENRE, mientras que, respecto a otros profesionales, devolvió el expediente al juzgado de origen para que se regulen los honorarios tras la finalización de la ejecución.
- Actor: ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
- Demandado: EDENOR SA
- Objeto: Proceso de ejecución
- Decisión:
- Se elevaron los honorarios del DR. MARIANO IGNACIO GARCIA CUERVA, exletrado del ENRE, a $23.700, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado y monto involucrado, así como el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados.
- Respecto a los honorarios de las DRAS. MARIA FEDERICA SPINELLI y LILIANA BEATRIZ GORZELANY, se devolvió el expediente al juzgado de origen para que, una vez finalizada la ejecución, se regulen los honorarios por la totalidad de los trabajos cumplidos.
- Fundamentos:
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No resulta conveniente aplicar automáticamente porcentajes previstos en aranceles, sino hacer un verdadero análisis y evaluación de la tarea encomendada.
- El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, debiéndose ajustar al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
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