ENRE-RESOL 581/09 597/09 c/ EDENOR SA s/PROCESO DE EJECUCION
El tribunal elevó los honorarios reclamados por el exletrado del ENRE, mientras que, respecto a otros profesionales, devolvió el expediente al juzgado de origen para que se regulen los honorarios tras la finalización de la ejecución.
¿Quién es el actor?
ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
¿A quién se demanda?
EDENOR SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de ejecución
¿Qué se resolvió?
- Se elevaron los honorarios del DR. MARIANO IGNACIO GARCIA CUERVA, exletrado del ENRE, a $23.700, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado y monto involucrado, así como el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados.
- Respecto a los honorarios de las DRAS. MARIA FEDERICA SPINELLI y LILIANA BEATRIZ GORZELANY, se devolvió el expediente al juzgado de origen para que, una vez finalizada la ejecución, se regulen los honorarios por la totalidad de los trabajos cumplidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No resulta conveniente aplicar automáticamente porcentajes previstos en aranceles, sino hacer un verdadero análisis y evaluación de la tarea encomendada.
- El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, debiéndose ajustar al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
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