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PARODI SANCHEZ, MAXIMILIANO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - FUERZA AEREA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal de la Fuerza Aérea Argentina logró que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos, aunque el tribunal aclaró que el devengamiento de los créditos tendrá límite temporal.

Distribucion de costas Suplementos remunerativos Fuerza aerea argentina Remuneracion militar Decreto 1305 12


- Actor: Personal de la Fuerza Aérea Argentina
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Reclamación por el carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por el decreto 1305/12 y sus modificatorios
- Decisión: El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda. En apelación, la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el fondo de la cuestión, pero aclaró que el devengamiento de los créditos tendrá límite temporal debido a la derogación de la norma que los sustentaba, y modificó la imposición de costas distribuyéndolas en el orden causado. Los principales fundamentos fueron:
- Los suplementos tienen carácter general, no particular, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en precedentes similares.
- No corresponde efectuar una nueva re-previsión de la deuda cuando se hubiere agotado el plazo de espera legal, sino que los intereses deberán calcularse hasta el momento del efectivo pago.
- La naturaleza de la cuestión debatida justifica la distribución de costas en el orden causado, tanto en primera instancia como en la apelación.

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