BOEHRINGER INGELHEIM SA (TF 97977294-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, confirmó los honorarios regulados al abogado de la parte actora, estableciendo que la regulación debe atender al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional y no sólo al valor del juicio.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, conoció del recurso directo interpuesto contra la regulación de honorarios de los profesionales que intervinieron en el proceso. La Cámara, al analizar la regulación de honorarios, sostuvo que la misma debe atender al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional, y no sólo al valor del juicio. Señaló que los aranceles no deben aplicarse de manera automática, sino que el juzgador debe realizar un verdadero análisis y evaluación de la tarea realizada por los profesionales. En ese sentido, la Cámara confirmó los honorarios regulados al letrado apoderado de la actora, remitiéndose a lo dispuesto en los incisos b) a g) del art. 16 de la Ley 27.423 de Arancel de Abogados. Asimismo, estableció que el importe del Impuesto al Valor Agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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