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FELDBERG, MARTINA c/ EN-REGISTRO NACIONAL DE ARMAS s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió demanda de amparo contra el Estado Nacional por la exigencia reglamentaria de una edad mínima de 21 años para iniciar trámites como legítima usuaria de materiales de uso especial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, considerando que la exigencia reglamentaria no se condice con la mayoría de edad de 18 años establecida legalmente.

Amparo Blindaje de vehiculo Mayoria de edad Materiales de uso especial Legitimo usuario


- Actora: Martina Feldberg

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Registro Nacional de Armas (ANMAC)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar la exigencia reglamentaria de 21 años de edad para iniciar trámites como legítima usuaria de materiales de uso especial (blindaje de vehículo)

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al amparo, ordenando que se le permita a la actora iniciar el trámite administrativo correspondiente

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza de primera instancia compartió los argumentos del Fiscal, quien señaló que la exigencia de 21 años no se condice con la mayoría de edad de 18 años establecida por ley, ni con la legislación sobre derechos de niños y adolescentes. El tribunal de alzada confirmó esta decisión, considerando que el recurso del Estado no logró rebatir eficazmente los fundamentos de la sentencia apelada.

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