VILLARES, CARLOS MARIANO c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42
El auditor externo Carlos Mariano Villares recurrió la multa de $3.224.810 impuesta por el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción.
- Actor: Carlos Mariano Villares
- Demandado: Banco Central de la República Argentina
- Objeto: Recurso contra multa de $3.224.810 impuesta por incumplimientos en su función de auditor externo de la casa de cambio Alhec Tours SA
- Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sanción.
Fundamentos principales:
- El BCRA tiene facultades para aplicar sanciones a auditores externos por incumplimientos normativos, siendo su accionar revisable judicialmente solo en casos de arbitrariedad manifiesta.
- Los hechos que motivaron la sanción a Villares (deficiencias en la auditoría, falta de análisis de situaciones relevantes, limitaciones en el alcance del informe) configuran incumplimientos a las normas aplicables, generando un riesgo y daño potencial al sistema financiero.
- La responsabilidad del auditor es por omisión al no ejercer adecuadamente los deberes de control y fiscalización, sin que sea necesario acreditar dolo o un daño concreto.
- La determinación de la sanción por parte del BCRA se encuadra dentro de sus facultades discrecionales, siendo revisable solo en casos de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta.
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