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GUARDATTI OSCAR MARIO Y OTROS c/ EN - M° DEFENSA - FAA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Tribunal regula honorarios de abogado en la etapa de ejecución del proceso, aplicando criterios de razonabilidad y equidad.

Honorarios Equidad Regulacion Impuesto al valor agregado Etapa de ejecucion Criterios de razonabilidad

El presente incidente versa sobre la regulación de honorarios del Dr. Pedro Ismael Piteo, abogado interviniente en la etapa de ejecución del proceso. La Sala recuerda que los emolumentos fijados a los profesionales y auxiliares de la justicia deben traducir una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional. Teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada, la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala III fija los honorarios del Dr. Piteo en la suma de $5.000. Asimismo, se deja constancia de que, en caso de que el profesional acredite su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos la alícuota correspondiente.

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