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ROSEDA SA Y OTROS c/ EN - PJN- Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Acción por daños y perjuicios derivados de la quiebra de una empresa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.

Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Quiebra Labor profesional Ley 24 432 Monto del juicio


- Actor: ROSEDA S.A. y otros
- Demandados: Síndica contadora Mónica Beatriz Slafman, su letrado doctor Manuel Kauffman, el ex juez concursal Tamburrino Seguí y el Estado Nacional (Poder Judicial de la Nación)
- Objeto de la demanda: Reclamar el pago de daños y perjuicios sufridos por el mal desempeño de los profesionales que culminó con la quiebra de ROSEDA S.A.
- Decisión del tribunal:
- La jueza de primera instancia hizo lugar a la excepción de defecto legal interpuesta por los demandados, e intimó al actor a determinar el monto efectivamente demandado, que resultó en USD 20.200.000.
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes, reduciéndolos a determinadas sumas.
- Fundamentos principales:
- Aplicación del art. 13 de la Ley 24.432 sobre regulación de honorarios, que establece que éstos deben guardar razonable proporción con los trabajos efectivamente cumplidos, su calidad, cantidad y eficacia, y no sólo atender al monto del juicio.
- Citas de jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que en casos de montos excepcionales, los jueces deben ponderar la índole y extensión de la labor profesional desarrollada para lograr una solución justa y mesurada.
- Reducción de los honorarios de los letrados de las partes demandadas, así como de los peritos designados de oficio, atendiendo a los criterios legales.

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