PAULUS SERGIO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO DTO 2769/93 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora impugnó la resolución que ordenó a la demandada efectuar la previsión presupuestaria para pagar los intereses de la condena. La Cámara Contencioso Administrativa revocó dicha resolución, considerando que el Estado tenía la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena.
Cobro de retroactividades devengadas con intereses
- Decisión: La Cámara revocó la resolución que ordenaba al Estado efectuar la previsión presupuestaria para pagar los intereses, considerando que el Estado tenía la facultad de diferir por única vez el pago de la condena en caso de agotarse la partida presupuestaria.
La Corte Suprema de Justicia había resuelto que el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en el supuesto de que se agote la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en el que se encontraba prevista su cancelación. En esa línea, la Cámara señaló que dado que el Estado ya había reprogramado el pago del capital y los intereses, correspondía revocar la resolución que le ordenaba efectuar una nueva previsión presupuestaria.
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