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FERNANDEZ, GERMAN SANTIAGO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor, personal de la Policía Federal Argentina, impugnó la sentencia que hizo lugar a su demanda. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión y aclaró aspectos relacionados con el pago de las diferencias salariales.

Remuneracion Policia federal argentina Decreto 1322 06 Diferencias salariales Intereses Costas

Incorporación al concepto de "Haber Mensual" de las sumas correspondientes al Decreto 1322/06, con carácter remunerativo y bonificable, y pago del retroactivo.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Aclaró que las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse hasta el momento del efectivo pago, de conformidad con lo dispuesto por las leyes 23.982, 24.624 y 26.895. Respecto de las costas, las distribuyó en el orden causado.
- Fundamentos: La Cámara remitió a lo resuelto en un precedente anterior sobre la aplicación del Decreto 1322/06 al personal de la Policía Federal Argentina. Además, precisó cuestiones relativas al cálculo de los intereses hasta el efectivo pago.

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