BUSTAMANTE, MARIO DAVID c/ EN-M JUSTICIA DDHH s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal reduce los honorarios regulados a favor de la letrada apoderada de la actora en un proceso de amparo.
La parte actora cuestionó los honorarios regulados a favor de la letrada apoderada en el marco de un proceso de amparo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, atendiendo a la naturaleza del asunto, a lo preceptuado por el art. 48 de la ley 27.423 sobre el honorario mínimo en amparos, y a los criterios del art. 16 de dicha ley de aranceles, resolvió reducir los honorarios a la suma de $41.815,20, equivalente a 8,40 UMA. Además, determinó que el monto del Impuesto al Valor Agregado debe adicionarse a los honorarios en caso de que la letrada sea responsable inscripta en dicho tributo.
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