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ANGHINETTI, ROQUE JOSE ANTONO c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA

El actor promovió un amparo por mora contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la imposición de costas a la demandada.

Costas Mora Amparo Derrota Beneficio ley 26 564


¿Quién es el actor?

Roque José Antonio Anghinetti

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener el beneficio previsto por la ley 26.564

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró abstracta la cuestión suscitada y confirmó la imposición de costas a la demandada, ya que si bien ésta dictó el acto administrativo que motivó el amparo, lo hizo después de 15 años y luego de la promoción de la acción, por lo que el silencio de la accionada obligó al actor a litigar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal sentido, conviene recordar que, en materia de costas, tanto en la ley de amparo como en el C.P.C.C.N. impera el principio de la derrota, que hace cargar, a quien hha perdido, las costas producidas por el proceso incoado (cfr. esta Sala, en autos: "Wu, Liuyi c/E.N. – DNM s/ amparo por mora", expte. nº 41.786/2019, sent. del 29/06/2020; en igual sentido: Sala V, in re: "Cámera, Carlos D. c/ Aguas Argentinas S.A y/o E.T.O.S.S. s/ Amparo", del 02/06/97)." "Desde esta perspectiva y considerando que el Estado Nacional remedió las circunstancias detalladas anteriormente con posterioridad a que se le anoticiara la promoción del presente proceso, corresponde concluir que, en el caso, el silencio de la accionada obligó a la accionante a litigar, motivo por el cual es la primera quien debe soportar las costas del proceso."

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