Logo

CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La demandada apeló la sentencia que admitió parcialmente la demanda y ordenó el pago de intereses moratorios. La Cámara modificó el cálculo de los intereses y ordenó su pago conforme al artículo 48 de la Ley de Obras Públicas.

Costas Intereses moratorios Sana critica Obra publica Expediente administrativo Anticipos financieros


¿Quién es el actor?

Carreteras Centrales de Argentina SA

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad (EN-DNV)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de intereses moratorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Confirmó el monto de $113.465.268,126 por intereses moratorios, pero ordenó calcularlos conforme al artículo 48 de la Ley 13.094 en vez de la tasa pasiva del BCRA. También revocó la decisión que había rechazado los intereses por mora en el pago de anticipos financieros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los expedientes administrativos tienen valor probatorio y para apartarse de sus constancias debe probarse fehacientemente sus defectos.
- La libre apreciación de la prueba por el juez debe realizarse conforme a las reglas de la sana crítica, explicando las razones de su convicción.
- Los intereses moratorios deben calcularse conforme al artículo 48 de la Ley 13.094, incluyendo los relativos a los anticipos financieros, pues dicha norma no distingue entre certificados de obra y otros pagos.
- Corresponde imponer las costas a la parte demandada vencida.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar