PERALES, EDUARDO ARIEL Y OTROS c/ EN - M JUSTICIA - SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Empleados del Servicio Penitenciario Federal reclamaron la incorporación de compensaciones a su haber. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que no se requiere agotar la vía administrativa previa en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
Incorporación al "haber mensual" de compensaciones creadas por Decreto 243/2015, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución que rechazó la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa formulada por el Estado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia ha sostenido que los requisitos de admisibilidad de la acción contencioso administrativa previstos en la Ley N° 19.549 no son aplicables en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
- La aplicación supletoria de la Ley N° 19.549 a los procedimientos especiales no puede ser extendida a disposiciones restrictivas de derechos.
- Por lo tanto, el Servicio Penitenciario Federal se encuentra excluido del régimen de agotamiento de la vía administrativa previa.
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