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UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA c/ EN-M TRANSPORTE DE LA NACION-SECRETARIA DE GESTION DE TRANSPORTE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia apeló la decisión de no acumular sus causas. La Cámara resolvió remitir las actuaciones a la Sala I para que asuma la competencia del asunto.

Nulidad Principio de prevencion Acumulacion de causas Resoluciones Ministerio de transporte Unidad de gestion operativa ferroviaria de emergencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Transporte
- Secretaría de Gestión de Transporte Objeto: Que se declare la nulidad de diversas resoluciones que le impusieron una penalidad Decisión: La Cámara decidió remitir las actuaciones a la Sala I del fuero para que asuma la competencia, en aplicación del principio de prevención, ya que existe una causa sustancialmente análoga en trámite ante dicha Sala. Fundamentos principales de la decisión:
- El artículo 7 del Reglamento de Asignación de Causas de la Cámara prevé que la asignación de una causa a un juzgado o Sala produce su radicación para todas las tramitaciones referentes a la misma causa.
- El principio de prevención establece una excepción a las reglas generales de competencia, cuando la materia litigiosa traída a resolver es una prolongación de la controversia resuelta originariamente.
- El juez que primero previno, es el que mejor conoce la causa y ofrece mayores garantías para el justiciable.
- Corresponde remitir las actuaciones a la Sala I para que asuma la competencia, en concordancia con el dictamen del Fiscal General.

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