UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA c/ EN-M TRANSPORTE DE LA NACION-SECRETARIA DE GESTION DE TRANSPORTE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia apeló la decisión de no acumular sus causas. La Cámara resolvió remitir las actuaciones a la Sala I para que asuma la competencia del asunto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia
Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Transporte
- Secretaría de Gestión de Transporte
Objeto: Que se declare la nulidad de diversas resoluciones que le impusieron una penalidad
Decisión: La Cámara decidió remitir las actuaciones a la Sala I del fuero para que asuma la competencia, en aplicación del principio de prevención, ya que existe una causa sustancialmente análoga en trámite ante dicha Sala.
Fundamentos principales de la decisión:
- El artículo 7 del Reglamento de Asignación de Causas de la Cámara prevé que la asignación de una causa a un juzgado o Sala produce su radicación para todas las tramitaciones referentes a la misma causa.
- El principio de prevención establece una excepción a las reglas generales de competencia, cuando la materia litigiosa traída a resolver es una prolongación de la controversia resuelta originariamente.
- El juez que primero previno, es el que mejor conoce la causa y ofrece mayores garantías para el justiciable.
- Corresponde remitir las actuaciones a la Sala I para que asuma la competencia, en concordancia con el dictamen del Fiscal General.
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