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ASOCIACION PROFESIONAL DEL CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION c/ EN s/AMPARO LEY 16.986

La asociación sindical impugnó la designación de un embajador por considerar que no cumplía con los requisitos legales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción al entender que el Presidente tiene amplias facultades constitucionales para designar a representantes diplomáticos.

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¿Quién es el actor?

Asociación Profesional del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad e inconstitucionalidad del decreto 902/20 que designó a José Carlos Ramos como Embajador y Cónsul en Paraguay

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la acción de amparo interpuesta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal consideró que no se configuran los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta exigidos para la procedencia de la acción de amparo.
- Señaló que el Presidente tiene amplias facultades constitucionales para designar representantes diplomáticos, más allá de lo establecido en la Ley del Servicio Exterior de la Nación y su reglamentación.
- Indicó que el funcionario diplomático directamente afectado no fue citado al proceso, lo que afecta el debido proceso.

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