PIZZA CENTER SA c/ EN-AFIP-DGI s/AMPARO LEY 16.986
El actor impugnó los honorarios regulados a su letrada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II modificó los honorarios, reduciéndolos a $52.269 por la primera instancia y fijando $15.680,70 por la actuación en la alzada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso trata de un recurso de apelación interpuesto en contra de la regulación de honorarios de la letrada de la parte actora, Pizza Center SA, en un proceso de amparo contra la AFIP-DGI.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala II, al analizar los honorarios, tuvo en cuenta la naturaleza del asunto, lo establecido en el art. 48 de la Ley 27.423 sobre el honorario mínimo en amparos, y los incisos b) a g) del art. 16 de dicha ley, relativos a la fijación de honorarios. Atendiendo a la etapa del pleito y al resultado obtenido, la Cámara redujo los honorarios de la letrada a la suma de $52.269 por la primera instancia, y fijó $15.680,70 por la actuación en la alzada.
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