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MENA, FIDEL c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

El actor cuestionó la caducidad del recurso extraordinario interpuesto por la demandada. La Cámara declaró la caducidad del recurso extraordinario.

Recurso extraordinario Notificacion Caducidad de instancia Impulso procesal Recurso directo Abandono de instancia


¿Quién es el actor?

FIDEL MENA

¿A quién se demanda?

EN -Mº INTERIOR OP Y V
- DNM

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra resolución de la DNM

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II declaró la caducidad del recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada contra la resolución de fecha 23/4/2021. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La caducidad de instancia se basa en el abandono del impulso del proceso por parte del interesado, lo que implica la presunción de desinterés. El propósito de este instituto es evitar la duración indeterminada de los juicios.
- En el caso, el traslado del recurso extraordinario de la parte demandada dispuesto el 12/5/2021 debía ser notificado por el recurrente dentro del plazo legal, para garantizar el derecho de defensa de la actora. La recurrente omitió cumplir con esta carga.
- Conforme el art. 311 del CPCCN, el plazo de caducidad corre a partir de la última resolución o actuación del Tribunal impulsora del procedimiento, por lo que el consentimiento alegado por la demandada no modifica el inicio del término.
- Habiendo transcurrido en exceso el plazo del art. 310 inc. 2 del CPCCN sin que la recurrente instare su curso, corresponde declarar la caducidad del recurso extraordinario.

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