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OMNILIFE DE ARGENTINA SA - SIMI 97233L c/ EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO - SECRETARIA DE INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

La Cámara Contencioso Administrativa Federal ordena a la actora acreditar la promoción del proceso principal como condición para resolver la medida cautelar autónoma.

Acreditacion Medida cautelar autonoma Proceso principal Ley 26 854 Mejor proveer


¿Quién es el actor?

OMNILIFE DE ARGENTINA SA
- SIMI 97233L

¿A quién se demanda?

EN
- Ministerio de Desarrollo Productivo
- Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar autónoma

¿Qué se resolvió?

La Cámara ordena a la actora acreditar la promoción del proceso principal en el plazo de 5 días, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias del Sistema de Gestión Judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal hace uso de las facultades para mejor proveer que le confiere el art. 36 inc. 4° del CPCCN, a fin de que la parte actora acredite la promoción del proceso principal como condición para resolver la medida cautelar autónoma, todo ello de conformidad con los arts. 3° inc. 1° y 8° de la Ley 26.854.

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