OSPRERA c/ EN-M SALUD DE LA NACION-SSS Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina obtuvo el reconocimiento de su derecho a incorporar beneficiarios al Sistema Nacional de Seguro de Salud, decisión confirmada por la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
¿Quién es el actor?
Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA)
- Demandados: Superintendencia de Seguros de Salud de la Nación y Estado Nacional
- Ministerio de Salud
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación de beneficiarios de OSPRERA al Sistema Nacional de Seguro de Salud
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que había admitido la demanda de OSPRERA, reconociendo su derecho a incorporar a los beneficiarios contemplados en la ley 23.660 al padrón de beneficiarios del Sistema Nacional de Seguro de Salud. Condenó a los demandados a incluir a dichos trabajadores en el cobro del Subsidio Automático de Obras Sociales (SANO) e instruir a la AFIP para liquidar y abonar las sumas adeudadas. Los jueces señalaron que el recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado Nacional-Ministerio de Salud fue declarado inadmisible por incumplimiento de los recaudos formales establecidos por la Corte Suprema. Respecto al recurso de la Superintendencia de Seguros de Salud, fue concedido en lo que respecta a la cuestión federal planteada, pero rechazado en cuanto a la arbitrariedad de la sentencia y la gravedad institucional.
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