SAN ROMAN, IGNACIO c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA - LEY 27725 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió amparo por acceso a información pública sobre montos de aranceles de carreras de pregrado y grado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar al amparo.
Acceso a información pública sobre montos totales ingresados por cobro de aranceles de carreras de pre-grado y grado en 2019
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando a la universidad brindar la información solicitada sobre los fondos públicos que recibe, incluyendo los montos provenientes de aranceles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 27.275 establece a las universidades como sujetos obligados a brindar información pública, incluyendo la relativa a fondos públicos recibidos, concepto que abarca la totalidad de la financiación de las universidades públicas, no sólo los aportes del Tesoro Nacional.
- La autonomía universitaria no implica aislamiento respecto de los controles institucionales, entre los que se encuentra el derecho de acceso a información pública.
- Los límites al acceso a información pública deben ser excepcionales y probados por quien los invoca.
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