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PAMPA ENERGIA SA (TF 56317927-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revisa los honorarios regulados por el Tribunal Fiscal de la Nación y fija los mismos conforme a la Ley de Aranceles.

Honorarios Mora Recurso directo Orden publico Ley 23 982 Ley de aranceles Tribunal fiscal de la nacion


¿Quién es el actor?

Pampa Energía S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra regulación de honorarios efectuada por el Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Qué se resolvió?


- Se fijan los honorarios del Dr. Juan Patricio Cotter en 13 UMA ($ 80.080) conforme a la Ley 27.423.
- Se revoca el punto sobre el cómputo de intereses, estableciendo que no se produce mora del obligado al pago hasta transcurrido el plazo del art. 22 de la Ley 23.982.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La retribución de los letrados en amparos por mora debe determinarse conforme al art. 44 de la Ley 27.423, cuyos mínimos son de orden público.
- Hasta que no transcurra el plazo legal del art. 22 de la Ley 23.982, no se produce la mora del obligado al pago.

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