COFCO INTERNATIONAL ARGENTINA SA (TF 69937078-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa COFCO International Argentina SA promovió recurso directo contra la determinación de honorarios en un amparo por mora. La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala III fijó los honorarios del letrado interviniente de acuerdo a la ley 27423.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa COFCO International Argentina SA promovió un recurso directo contra la regulación de honorarios de fecha 7/12/2020 realizada en el marco de un amparo por mora.
La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala III señaló que es criterio reiterado y pacífico de este Tribunal que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe determinar con arreglo a lo establecido por el art. 44, párrafo final, de la ley 27423. Por ello, fijó los honorarios del Dr. Juan Pablo Giambastiani en la suma de $80.080, que equivalen a 13 UMA, de conformidad con los arts. 16, 19, 20 y 44 de la ley 27423 y el Acuerdo CSJN 21/21. Además, dispuso que en caso de que el profesional acredite su condición de responsable inscripto frente al IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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