TIMBO SAGAF E I c/ EN-AFIP-DGI s/AMPARO LEY 16.986
Regulación de honorarios en un proceso de amparo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II elevó los honorarios de las letradas por la dirección y representación de la demandada.
Proceso de amparo
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso deducido contra los honorarios regulados, y elevó los honorarios de las Dras. Lucía del Carmen Navarrete y Cynthia Blumenfeld a $20.000 y $8.000 respectivamente, en atención a la naturaleza del asunto, lo preceptuado por el art. 36 de la ley 21.839 modificado por la ley 24.432 en cuanto a los honorarios mínimos en procesos de amparo, y en virtud del mérito, calidad, eficacia y extensión de las tareas desarrolladas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que corresponde remitirse a lo dispuesto en los incs. b) a f) del art. 6º de la ley 21.839 de aranceles. Además, indicó que el importe del Impuesto al Valor Agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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