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BURDMAN, MARIO JUAN JORGE c/ EN-AFIP Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió amparo por reintegro de retroactivo previsional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia y aclaró que los intereses proceden desde la interposición de la demanda.

Intereses Aclaratoria Revocatoria Accesoriedad Amparo Reintegro retroactivo previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Mario Juan Jorge Burdman, presentó un amparo contra la AFIP y el Estado Nacional reclamando el reintegro de un retroactivo previsional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal hizo lugar parcialmente a la apelación del actor y modificó la sentencia de primera instancia. En cuanto al cómputo de los intereses, el tribunal resolvió que "sin perjuicio de la vía elegida, lo cierto es que, por aplicación de dicha disposición legal, los intereses solo proceden desde la fecha de interposición de la demanda". El actor interpuso un recurso de aclaratoria y revocatoria impugnando el cómputo de intereses. La Cámara rechazó el recurso de aclaratoria por exceder el marco de dicho remedio procesal, al pretender modificar sustancialmente lo decidido. Asimismo, rechazó el recurso de revocatoria, al considerar que no mediaba un error manifiesto que autorizara a apartarse del criterio aplicado, el cual responde a la normativa específica en la materia (art. 179 ley 11.683).

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