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CONTRERAS HERMANOS SAICIFAG Y M c/ EN-DNV-RESOL 777/01 623/09 (EXPTE 13915/10) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora apeló la decisión que la intimaba a informar si la demandada contaba con fondos para pagar los intereses. La Cámara rechazó el recurso al considerar que aún no se encuentra habilitada la ejecución forzada del crédito.

Intereses Recurso de apelacion Estado nacional Condena Direccion nacional de vialidad Ley 23 982 Ejecucion forzada Ley 11 672


¿Quién es el actor?

Contreras Hermanos SAICIFAG y M.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Dirección Nacional de Vialidad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de intereses por mora en el cumplimiento de una condena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora. Consideró que, conforme la normativa aplicable (art. 22 Ley 23.982 y art. 132 Ley 11.672), la demandada aún se encuentra dentro del plazo legal para afrontar el pago de los intereses adeudados, por lo que la actora no se encuentra habilitada para promover la ejecución forzada de su crédito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que, en función de lo establecido en las leyes citadas, la demandada había previsionado los montos para la cancelación de la condena en el año 2020, habiéndose reprogramado el pago para el ejercicio fiscal del año 2021. Por ende, al encontrarse vigente la espera legal contemplada en el art. 22 de la Ley 23.982, correspondía desestimar el recurso de apelación.

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