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BASTIANI MARIA FLORENCIA c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora impugnó los honorarios regulados a favor de su letrado patrocinante. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Abogado patrocinante Cobro de credito reconocido

Impugnación de los honorarios regulados a favor del letrado patrocinante de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados, al considerar que fueron fijados adecuadamente de acuerdo a la labor profesional realizada por el letrado con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva. Los fundamentos principales de la decisión fueron: "En atención a lo establecido en los artículos 6º, 7º, 19, 33, 37, 38 y concordantes de la ley de arancel, la entidad de las tareas desempeñadas con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva tendiente al cobro del crédito reconocido la actora (Conf. esta Sala, causa 38.588/94 "Blumenfarb de Toroneczyk Alicia y otros c/ Estado Nacional (Mº de Educación y Justicia) s/ empleo público", del 25/8/10), CONFÍRMANSE –desde que sólo fueron apelados por bajos– los honorarios regulados a favor del doctor Facundo Ezequiel Olazar, quien se desempeñó como letrado patrocinante de la parte actora."

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