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ADLE, MARLENE MAGDALENA Y OTROS c/ EN - M EDUCACION s/EMPLEO PUBLICO

El GCBA fue condenado a pagar las sumas adeudadas por falta de pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), pero se modificó la distribución de las costas.

Costas Estado nacional Gobierno de la ciudad de buenos aires Fonid Fondo nacional de incentivo docente Accion por cobro de pesos

Pago de la asignación correspondiente al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)

¿Qué se resolvió?


- Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva del Estado Nacional, pero se hizo lugar a la demanda contra el GCBA.
- Se mantuvo la distribución de costas por su orden respecto del Estado Nacional, pero se revocó la decisión sobre costas del GCBA, condenándolo a soportar los gastos de ambas instancias por haber resultado sustancialmente vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 25.053 instituyó el FONID, cuyos recursos deben destinarse al mejoramiento de la remuneración de los docentes.
- El GCBA, como titular de la relación jurídica, es el responsable de la liquidación y pago del FONID.
- Correspondía mantener la distribución de costas por su orden respecto del Estado Nacional, pero revocar la decisión sobre costas del GCBA, aplicando el principio objetivo de la derrota.

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