PENDOLA, CLAUDIA ALEJANDRA c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NOROESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/CONTRATO ADMINISTRATIVO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los letrados intervinientes en la causa sobre contrato administrativo.
¿Quién es el actor?
Claudia Alejandra Pendola
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Contrato Administrativo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó las regulaciones de honorarios de los letrados de ambas partes, ajustándolos a la ley aplicable en cada etapa procesal según los precedentes de la Corte Suprema. Fijó los honorarios del letrado de la demandada en $15.600 por la primera etapa y $45.276 por las siguientes, y los del letrado de la actora en $10.000 y $25.872 respectivamente. También elevó los honorarios de la perita arquitecta a $16.170 y reguló los honorarios de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad, la complejidad de los intereses económicos y la contribución de cada profesional.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, sino que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En cuanto a la ley aplicable, corresponde aplicar la vigente al momento de realizarse cada etapa procesal, según el criterio de la CSJN en "Establecimiento Las Marías".
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