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Recurso Queja Nº 1 - SOCIEDAD ARGENTINA DE CARDIOLOGIA Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara abstracto el recurso de queja interpuesto por la Sociedad Argentina de Cardiología contra la suspensión del llamado a sentencia en la acción de amparo por omisión del Poder Ejecutivo de reglamentar la ley de prevención de muerte súbita.

Recurso de queja Amparo Abstraccion del objeto Reglamentacion Muerte subita Omision del poder ejecutivo Suspension del llamado a sentencia


¿Quién es el actor?

Sociedad Argentina de Cardiología y otros

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional
- Objeto de la demanda: Que se condene al PEN a reglamentar la Ley N° 27.159 que regula un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público.
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara abstracto el recurso de queja interpuesto por la parte actora contra la resolución que denegó la apelación de la suspensión del llamado a sentencia, dado que con posterioridad la jueza de primera instancia reanudó el llamado a sentencia en la causa principal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal cimero ha dicho que es imperativo que sus pronunciamientos se ajusten a las circunstancias existentes al momento de ser dictados, incluidas las sobrevinientes.
- En caso de constatarse que un planteo ha devenido abstracto, el tribunal debe abstenerse de fallar, pues sólo está habilitado para decidir colisiones efectivas de derechos en casos concretos.
- Dado que la jueza de primera instancia reanudó el llamado a sentencia en la causa principal, el requerimiento que motivó la intervención de la Sala ha devenido abstracto.

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