N. A., E. R. c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra la intervención de la AFIP por el Aporte Solidario y Extraordinario creado por la ley 27.605. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la acción, al considerar que el Aporte tiene naturaleza tributaria y no se configura arbitrariedad manifiesta en la intervención de la AFIP.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El señor Eduardo Roque Novillo Astrada promovió una acción de amparo contra el Estado Nacional -AFIP
- por la intervención y fiscalización del "Aporte Solidario y Extraordinario" creado por la ley 27.605. Alegó que dicho aporte es antijurídico y no tiene naturaleza tributaria, por lo que la AFIP carece de competencia para intervenir.
El juez de primera instancia rechazó la acción de amparo. En apelación, la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo. Consideró que el Aporte tiene naturaleza tributaria, por lo que la intervención de la AFIP se encuadra en sus facultades, y el actor no demostró la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta que justifique la vía excepcional del amparo.
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