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STAFF MEDICO SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 17791/17 - DISP 633/19) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

La empresa de medicina prepaga fue sancionada por incumplir el deber de informar a sus afiliados el aumento de cuotas autorizado. La Cámara confirmó la sanción por considerar que la información brindada no cumplía con los requisitos legales.

Relacion de consumo Medicina prepaga Deber de informacion Ley 24 240 Superintendencia de servicios de salud Ley 26 682 Direccion nacional de defensa del consumidor


¿Quién es el actor?

Staff Médico S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra sanción por incumplimiento del deber de informar aumento de cuotas de medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso y se confirma la sanción

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 26.682 y su decreto reglamentario establecen que las empresas de medicina prepaga deben informar a los usuarios de manera clara, cierta y detallada los aumentos de cuotas autorizados, lo que no ocurrió en este caso.
- La nota enviada por la empresa no cumplía con los requisitos de información establecidos en la normativa.
- No es necesario acreditar un daño concreto, basta con el incumplimiento del deber de información.
- La sanción impuesta no resultó desproporcionada o arbitraria.

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