COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 89024949/20 - DISP 280/20) s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45
La firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A. promovió un recurso directo contra la disposición que la sancionó por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor. El tribunal declaró prescripta la acción sancionatoria y dejó sin efecto la multa impuesta.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A. (CICSA)
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (DNDC)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra disposición que impuso multa de $200.000 por infracción al art. 7 de la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor)
¿Qué se resolvió?
Se declara prescripta la acción sancionatoria y se deja sin efecto la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La acción sancionatoria se encontraba prescripta al momento de dictarse la disposición, ya que habían transcurrido más de 3 años desde la constatación de la infracción y la imputación, sin que mediaran nuevas infracciones que interrumpieran el plazo.
- El plazo de prescripción aplicable es el de 3 años previsto en el art. 50 de la Ley 24.240, y no el de 5 años del Código Civil y Comercial, dado que no se trata de una infracción contractual.
- Por declararse prescripta la acción, se considera innecesario analizar los restantes agravios planteados por la empresa.
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