Incidente Nº 1 - ACTOR: SRODEK HART, SOFIA DEMANDADO: EN-AFIP-LEY 27605 s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
La actora promovió demanda por la declaración de inconstitucionalidad del "Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia" establecido por la ley 27.605. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada, al considerar que no se encontraba acreditado el peligro en la demora.
- Actora: Srodek Hart, Sofía
- Demandados: Estado Nacional (Ministerio de Economía de la Nación) y AFIP
- Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 3, 4 y 5 de la ley 27.605 que estableció el "Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia"
- Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia que rechazó la medida cautelar solicitada, al considerar que no se encontraba acreditado el peligro en la demora.
Fundamentos principales:
- La circunstancia de que la pretensión se haya formulado mediante una acción declarativa de certeza no constituye un impedimento absoluto para el dictado de medidas cautelares.
- Sin embargo, en el caso no se advierte que se encuentre acreditado el peligro en la demora, dado que la ley 27.605 prevé que la aplicación, percepción y fiscalización del aporte estará a cargo de la AFIP, debiendo transitar el contribuyente por el procedimiento administrativo de determinación de oficio y régimen recursivo previsto en la ley 11.683, previo a la eventualidad de un cobro compulsivo.
- Las consecuencias disvaliosas que podrían derivarse de la aplicación de las normas impugnadas no son de imposible reparación ulterior, pudiendo la actora reclamar en su momento la restitución de lo pagado.
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