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SUELVES SAS c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986

La empresa Suelves SAS impugnó la medida de la AFIP que la incluyó en la lista de proveedores apócrifos y le canceló la CUIT. La Cámara revocó parcialmente la decisión y ordenó el restablecimiento de la CUIT hasta que se resuelva el reclamo administrativo.

Medida cautelar Amparo Reclamo administrativo Efecto suspensivo Cuit Via de hecho Proveedores apocrifos


- Actor: Suelves SAS
- Demandado: AFIP-DGI
- Objeto: Que la AFIP la excluya de la lista de proveedores apócrifos y restablezca su CUIT
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó a la AFIP que restablezca la CUIT de la actora hasta que se resuelva el reclamo administrativo, imponiendo una caución. La Cámara consideró que si bien no correspondía hacer lugar a la cautelar respecto a la inclusión en la base de proveedores no confiables, dado que existían indicios de irregularidades, sí correspondía revocar la decisión de suspender la CUIT. Ello porque la ley 11.683 establece que la suspensión no puede ejecutarse hasta que se resuelva el reclamo con efecto suspensivo, y en el caso la AFIP lo hizo a pesar del reclamo pendiente, configurándose una vía de hecho. Además, la inhabilitación de la CUIT afecta sustancialmente la actividad de la empresa. Por ello, corresponde ordenar el restablecimiento de la CUIT hasta que se resuelva el reclamo administrativo, con una caución.

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