TRAFICANTE, HECTOR ADRIAN c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA
El actor solicitó el beneficio previsto en la Ley 26.913. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sentencia que hizo lugar al amparo por mora, ampliando el plazo para que la Administración dicte el acto administrativo correspondiente.
Beneficio previsto en la Ley 26.913
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional. Confirmó la verificación de la mora administrativa, pero amplió el plazo para que la Administración dicte el acto administrativo subsiguiente de trámite a 30 días hábiles. Modificó la imposición de costas, distribuyéndolas por su orden en ambas instancias.
Los principales fundamentos fueron:
- Se acreditó que han transcurrido plazos razonables sin que el Ministerio dictara la resolución pertinente, a pesar de que el actor aportó la documentación solicitada y requirió el pronto despacho.
- Si bien se suspendieron los plazos administrativos por la pandemia, ello no obsta a que la Administración continuara prestando servicios bajo diversas modalidades.
- La falta de otorgamiento de otro beneficio (Ley 24.043) no es requisito ineludible para la concesión del beneficio de la Ley 26.913.
- Corresponde distinguir entre la inactividad en la emisión de la resolución definitiva y la inactividad en el trámite, debiendo fijarse un plazo razonable para el dictado del acto subsiguiente.
- Las costas se distribuyen por su orden en ambas instancias, atendiendo a las particularidades del caso.
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