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DORADO, INES c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios de los letrados intervinientes por su actuación ante la anterior instancia y la propia Alzada.

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La sentencia analiza la regulación de honorarios de las letradas intervinientes Dra. Karina Belén Alemany, por su actuación como patrocinante de la actora, y Dra. María José Galvagni, por su desempeño como apoderada de la parte demandada. En este sentido, el tribunal modifica los montos regulados en primera instancia, fijando los honorarios de la Dra. Alemany en 8 UMAs (equivalente a $59.512) y los de la Dra. Galvagni en 3,2 UMAs (equivalente a $23.804,8), ambos a cargo de la parte actora. Asimismo, se regulan los honorarios de las letradas por el trabajo cumplido ante la Alzada, fijándolos en 2,4 UMAs (equivalente a $17.853,6) para la Dra. Alemany y 0,96 UMAs (equivalente a $7.141,44) para la Dra. Galvagni. El tribunal recuerda que los importes establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada deberá depositarlo junto con el monto del pago.

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