TABARE, HILDA GLADYS c/ GCBA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su hijo en el incendio de Cromañón. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la prescripción de la acción declarada por el juez de primera instancia.
- Actor: Hilda Gladys Tabaré
- Demandados: Estado Nacional y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto: Reclamar $1.500.000 por daños y perjuicios por el fallecimiento de su hijo en el incendio de Cromañón
- Decisión: Se confirmó la prescripción de la acción declarada en primera instancia.
- Fundamentos:
- El plazo de prescripción de 2 años para acciones extracontractuales se contabiliza desde la fecha del hecho dañoso (30/12/2004).
- La interrupción de la prescripción por la demanda inicial presentada en 2005 se tiene por no sucedida debido a la posterior caducidad de instancia declarada.
- La notificación a los demandados de la nueva demanda presentada en 2013 es irrelevante, ya que el plazo prescriptivo ya se había cumplido.
- La presentación de la actora como querellante en la causa penal no suspende la prescripción respecto de las personas jurídicas demandadas, que no pueden ser sujetos penales.
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