Logo

TABARE, HILDA GLADYS c/ GCBA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su hijo en el incendio de Cromañón. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la prescripción de la acción declarada por el juez de primera instancia.

Danos y perjuicios Responsabilidad extracontractual Prescripcion Fallecimiento Caducidad de instancia Incendio cromanon


- Actor: Hilda Gladys Tabaré
- Demandados: Estado Nacional y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto: Reclamar $1.500.000 por daños y perjuicios por el fallecimiento de su hijo en el incendio de Cromañón
- Decisión: Se confirmó la prescripción de la acción declarada en primera instancia.
- Fundamentos:
- El plazo de prescripción de 2 años para acciones extracontractuales se contabiliza desde la fecha del hecho dañoso (30/12/2004).
- La interrupción de la prescripción por la demanda inicial presentada en 2005 se tiene por no sucedida debido a la posterior caducidad de instancia declarada.
- La notificación a los demandados de la nueva demanda presentada en 2013 es irrelevante, ya que el plazo prescriptivo ya se había cumplido.
- La presentación de la actora como querellante en la causa penal no suspende la prescripción respecto de las personas jurídicas demandadas, que no pueden ser sujetos penales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar