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LONDERO CEPEDA (SUMARISIMO), CARLOS ALBERTO c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes de retiro. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia y ordenó el reintegro de las sumas descontadas en concepto del tributo.

Prescripcion Inconstitucionalidad Reintegro Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Pension


- Actor: Carlos Alberto Londero Cepeda
- Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto: Declarar la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de impuesto a las ganancias que justifican el cobro del tributo sobre los haberes de retiro, y ordenar el cese de las retenciones y reintegro de los montos descontados.
- Decisión:
- El tribunal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la ley 20.628.
- Modificó el alcance del reintegro, ordenando devolver las sumas descontadas en los últimos 5 años, según el plazo de prescripción de la ley 11.683.
- Confirmó la distribución de costas en el orden causado.
- Fundamentos:
- Aplicó la doctrina del precedente "García, María Isabel" de la Corte Suprema, que considera insuficiente la sola capacidad contributiva para gravar a los jubilados y pensionados, debiendo atenderse a su situación de vulnerabilidad.
- Señaló que el actor integra un grupo vulnerable con preferente tutela constitucional.
- Indicó que la reforma introducida por la ley 27.617 no altera el criterio jurisprudencial que declara la inconstitucionalidad del impuesto en estos casos.

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