OJEDA, JIMENA CECILIA c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los adicionales reclamados deben computarse desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda.
¿Quién es el actor?
Jimena Cecilia Ojeda, personal de la Policía Federal Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad de la PFA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por incorporación al haber mensual de adicionales creados por decretos 2744/1993 y 1322/2006
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, pero modificó el plazo de prescripción, disponiendo que los montos adeudados se calcularán desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda. Además, distribuyó las costas del recurso por su orden.
Fundamentos principales:
- El plazo de prescripción aplicable es el bienal, de conformidad con la jurisprudencia de la Sala en casos análogos.
- Respecto al decreto 2744/1993, corresponde reconocer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos, siguiendo el precedente "Bertoia".
- En cuanto al decreto 1322/2006, corresponde incorporar la suma fija establecida como asignación remunerativa y bonificable, de acuerdo al precedente "Vergara" confirmado por la CSJN.
- Las costas se distribuyen por su orden, dado que no hubo réplica a la expresión de agravios.
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