GONZALEZ, MAURO MATIAS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" a su sueldo. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
Incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" (Código 077) al sueldo del actor, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" al sueldo del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el suplemento "Función Policial Operativo" tiene carácter general y remunerativo, de acuerdo a la jurisprudencia de la Cámara en casos análogos.
- Respecto a la teoría de los actos propios invocada por el Estado, la Cámara señaló que la relación de sujeción especial y el principio de jerarquía no impiden a los integrantes de la fuerza policial el ejercicio de sus derechos.
- La Cámara aclaró los lineamientos para el pago de las diferencias salariales, estableciendo que se regirá por lo dispuesto en las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, y que el monto a depositar deberá incluir los intereses hasta el efectivo pago.
- Respecto a la imposición de costas, la Cámara confirmó la distribución por su orden efectuada en primera instancia, considerando que existen razones suficientes para apartarse del principio objetivo de la derrota.
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