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GONZALEZ, MAURO MATIAS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" a su sueldo. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda.

Costas Recurso de apelacion Diferencias salariales Caracter remunerativo Suplemento funcion policial operativa Derechos de integrantes de la fuerza policial

Incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" (Código 077) al sueldo del actor, con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la incorporación del suplemento "Función Policial Operativo" al sueldo del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el suplemento "Función Policial Operativo" tiene carácter general y remunerativo, de acuerdo a la jurisprudencia de la Cámara en casos análogos.
- Respecto a la teoría de los actos propios invocada por el Estado, la Cámara señaló que la relación de sujeción especial y el principio de jerarquía no impiden a los integrantes de la fuerza policial el ejercicio de sus derechos.
- La Cámara aclaró los lineamientos para el pago de las diferencias salariales, estableciendo que se regirá por lo dispuesto en las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, y que el monto a depositar deberá incluir los intereses hasta el efectivo pago.
- Respecto a la imposición de costas, la Cámara confirmó la distribución por su orden efectuada en primera instancia, considerando que existen razones suficientes para apartarse del principio objetivo de la derrota.

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