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GARCIA, JORGE PEDRO c/ EN - AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Un jubilado promovió demanda contra AFIP por el descuento del impuesto a las ganancias de su haber previsional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia respecto al momento a partir del cual se deben devolver las sumas retenidas.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Reintegro de sumas retenidas


¿Quién es el actor?

Jorge Pedro García

¿A quién se demanda?

AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar inconstitucional el descuento del impuesto a las ganancias del haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se declara la inconstitucionalidad de los artículos pertinentes de la ley 20.628 y se ordena a la AFIP reintegrar los montos retenidos, con intereses según la tasa fijada en la resolución 598/19 del Ministerio de Hacienda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia aplicó la doctrina del fallo "García, María Isabel" de la CSJN, que ordenó un tratamiento diferenciado para la tutela de jubilados en situación de vulnerabilidad.
- La Cámara modificó el momento a partir del cual se deben devolver las sumas retenidas, aplicando el plazo de 5 años previsto en el art. 56 inc. c de la ley 11.683.
- Las costas se imponen por su orden en ambas instancias.

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