PEREZ, MIGUEL ALEJANDRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el carácter remunerativo y bonificable de suplementos policiales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
Que en la liquidación de haberes se computen como remunerativos y bonificables los suplementos creados por los decretos 2744/93, 1322/06 y 380/17.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de apelación de ambas partes y confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Conforme a la doctrina legal fijada en fallos plenarios, los suplementos del decreto 2744/93 tienen carácter remunerativo y bonificable.
- El decreto 491/19 que derogó el 1322/06 no les quita el carácter remunerativo y bonificable a estos suplementos.
- Respecto a los suplementos del decreto 380/17, la Cámara confirmó que son remunerativos y bonificables, siguiendo precedentes propios.
- Sin perjuicio de ello, el decreto 142/22 derogó algunos de estos suplementos a partir del 1/4/2022.
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