ENRE c/ CENTRAL PIEDRA BUENA SA s/PROCESO DE EJECUCION
El ENRE apeló la resolución que rechazó el cálculo de los intereses hasta la efectiva percepción de las sumas adeudadas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que la actora carecía de una crítica concreta y razonada del pronunciamiento.
Ejecución de deuda
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el ENRE, al considerar que no se había hecho una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la resolución apelada. El juez de primera instancia había rechazado la liquidación de intereses pretendida por el ENRE hasta la efectiva percepción de las sumas adeudadas, por entender que el crédito quedó disponible para cobro cuando la demandada acreditó el depósito.
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