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LIXIS SA (TF 33227184-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Empresa solicita devolución de tributos aduaneros abonados indebidamente. La Cámara Contencioso Administrativa Federal admite el recurso directo y ordena a la Aduana pronunciarse en 15 días sobre la solicitud.

Costas Recurso directo Amparo Demora administrativa Devolucion Exportacion Tributos aduaneros


¿Quién es el actor?

LIXIS SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Devolución de tributos aduaneros abonados indebidamente en operación de exportación

¿Qué se resolvió?

Se admite el recurso directo y se ordena a la DGA que se pronuncie en 15 días sobre la solicitud de devolución. Se modifican las costas, imponiéndolas a la DGA. Fundamentos principales:
- El artículo 1160 del Código Aduanero permite el recurso de amparo por demora excesiva de la Administración en resolver un trámite, siempre que previamente se haya solicitado "pronto despacho".
- En el caso, la empresa solicitó la devolución en octubre de 2019 y pidió "pronto despacho" en febrero de 2021, sin que la Aduana se haya pronunciado.
- Si bien se invocaron suspensiones de plazos por la pandemia, éstas finalizaron en mayo de 2021, por lo que actualmente la demora es injustificada.
- Corresponde fijar un plazo de 15 días para que la Aduana se expida sobre la solicitud de devolución.
- Las costas se imponen a la demandada por su injustificada demora que dio lugar al amparo.

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