CERESOLE, SILVIA ELENA c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora demandó al Estado Nacional por deuda adeudada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el embargo trabado sobre la cuenta de la demandada para el cobro del crédito.
- Actora: Silvia Elena Ceresole
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de deuda adeudada a la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el embargo trabado sobre la cuenta de la demandada para el cobro del crédito de $198.191,39 en concepto de capital e intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las obligaciones del Estado deben ser cumplidas y no pueden frustrarse por falta de crédito presupuestario, conforme lo prevén los arts. 22 de la Ley 23.982, 20 de la Ley 24.624 y 68 de la Ley 26.895.
- El art. 19 de la Ley 24.624 sobre inembargabilidad de fondos públicos no impide el embargo cuando el acreedor cumplió los trámites para ejecutar una sentencia firme impaga.
- La tutela judicial efectiva comprende el cumplimiento de lo ordenado por el juez, más allá de los trámites presupuestarios del Estado.
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